Preguntas Frecuentes

Aqui encontrara las preguntas y respuestas mas comunes hechas por nuestros clientes y personas interesadas en nuestros servicios

  1. 1. ¿Quienes pueden acogerse a la ley de quiebra?
  2. 2. ¿Cuales los dos tipos de quiebras que protejen a los consumidores?
  3. 3. ¿Que son las ventajas inmediatas de la quiebra?
  4. 4. ¿A consecuencia de una quiebra mi crédito se daña?
  5. 5. ¿Después de los 10 años que pasa?
  6. 6. ¿Bajo el Capítulo 13, puedo perder mis propiedades?
  7. 7. ¿Si cumplo con el plan de pago y el mismo no paga la totalidad de las deudas, cuando termine el mismo, tengo que pagar lo que se haya quedado sin pagar?
  8. 8. ¿Qué es un divorcio?
 
 

1. ¿Quienes pueden acogerse a la ley de quiebra?

La ley de Quiebra Federal es para personas, quizás como usted, que por razones fuera de su control;

no pueden pagar sus deudas y sus acreedores le amenazan con ejecutar sus propiedades. Probablemente

usted ha intentado dialogar con sus acreedores, consolidar sus deudas, pero aun así no puede pagar

sus deudas y cumplir con sus obligaciones familiares. Entonces la quiebra puede ser una alternativa

real para usted.

 
 

2. ¿Cuales los dos tipos de quiebras que protejen a los consumidores?

Existen dos tipos de quiebras para la protección de los consumidores Capítulo 7 y Capítulo 13.
 
 

3. ¿Que son las ventajas inmediatas de la quiebra?

Al momento de presentarse la Quiebra en la Corte se emite una orden de paralización automática que

prohíbe cualquier gestión de cobro en su contra. Paralizando inmediatamente cualquier acción de cobro

de dinero, ejecución de hipoteca, re-posesión de su carro o de muebles, desahucios, demandas de daños

y perjuicios.

 
 

4. ¿A consecuencia de una quiebra mi crédito se daña?

Su crédito se verá afectado por 10 años. Esto no quiere decir que no pueda tomar prestado, sino que

el mismo le puede ser negado durante ese período. Pero considere que debido a los atrasos en los

pagos, ya esta confrontando esta situación.

 
 

5. ¿Después de los 10 años que pasa?

Vencidos los 10 años automáticamente o con unas simples gestiones su crédito quedará limpio de toda

anotación.

 
 

6. ¿Bajo el Capítulo 13, puedo perder mis propiedades?

NO, Mientras Usted Cumpla Con El Plan. Pero si deja de pagar el plan; la Corte de Quiebra le cerrará

su caso y los acreedores podrán nuevamente hacerle gestiones de cobro a usted y a sus fiadores.

 
 

7. ¿Si cumplo con el plan de pago y el mismo no paga la totalidad de las deudas, cuando termine el mismo, tengo que pagar lo que se haya quedado sin pagar?

No, al terminar el plan de pago la Corte de Quiebra emite una orden perdonándole las deudas que no se

hayan pagado para las misma a través de la corte de Quiebra. El plan de pago puede ser por 3 años

hasta un máximo de 5 años. Mientras usted está acogido a la ley de Quiebras nadie le pude hacer

gestiones de cobro a usted y a las personas que firmaron con usted.

 
 

8. ¿Qué es un divorcio?

El divorcio es sinónimo de rompimiento absoluto y definitivo del vínculo matrimonial entre los

esposos, por la intervención de una autoridad judicial facultada por las leyes.